¿El Bono 14 paga ISR e IGSS en Guatemala?

En resumen

ConceptoTratamiento general
ISREstá exento hasta el 100% del salario ordinario mensual.
Exceso sobre el salario ordinarioPuede quedar afecto al ISR.
Cuota laboral del IGSSNo debe descontarse sobre el Bono 14 legal.
Cuota patronal del IGSSNo se calcula como una cuota adicional sobre el Bono 14 legal.
Otros descuentosDeben tener una base legal, contractual o autorización válida.
Bono 14 proporcionalMantiene el tratamiento correspondiente a esta prestación.

El Bono 14 normalmente se recibe sin descuento de IGSS y con exención del Impuesto Sobre la Renta hasta el límite establecido por la legislación tributaria. Esto significa que, para la mayoría de trabajadores que reciben el monto legal equivalente a su salario ordinario mensual, el patrono no debería descontar cuota laboral del IGSS ni retener ISR directamente sobre esa prestación.

Sin embargo, la exención del ISR no es ilimitada. La Ley de Actualización Tributaria reconoce la exención de la bonificación anual hasta el cien por ciento del sueldo o salario ordinario mensual. Si una empresa paga una cantidad superior bajo el mismo concepto, el exceso puede formar parte de la renta gravada del trabajador.

También deben distinguirse el Bono 14 legal, las bonificaciones extraordinarias y otros incentivos pagados por el patrono. Llamar “Bono 14” a cualquier pago no cambia automáticamente su tratamiento tributario o de seguridad social.

Por esa razón, ante un descuento conviene revisar el recibo de pago, el salario ordinario utilizado, el monto legal de la prestación y la descripción exacta de cada deducción.

¿El Bono 14 paga ISR?

En términos generales, el Bono 14 está exento del Impuesto Sobre la Renta hasta un límite equivalente al cien por ciento del sueldo o salario ordinario mensual del trabajador.

Esto significa que, cuando el Bono 14 equivale al salario ordinario mensual que legalmente corresponde, normalmente no debe practicarse una retención de ISR específicamente sobre ese monto.

La exención se aplica a la bonificación anual regulada por el Decreto 42-92. No debe confundirse con cualquier bono voluntario que una empresa decida pagar a sus empleados.

La SAT reconoce el Bono 14 dentro de las prestaciones que deben identificarse en la documentación tributaria de los trabajadores y en los procedimientos relacionados con retenciones de ISR.

¿La exención del ISR es total?

La exención tiene un límite.

La bonificación anual está exenta hasta el cien por ciento del salario ordinario mensual. Cuando el pago supera esa cantidad, el exceso puede quedar afecto al ISR como parte de las rentas del trabajo.

Debe diferenciarse entre:

  • La cantidad que corresponde legalmente como Bono 14.
  • Un pago adicional otorgado voluntariamente por la empresa.
  • Una bonificación extraordinaria.
  • Un incentivo por productividad.
  • Un premio interno.
  • Un pago incorporado bajo una denominación incorrecta.

La empresa no puede asumir que toda cantidad entregada en julio queda exenta únicamente porque aparece registrada como “Bono 14”.

Ejemplo de Bono 14 exento de ISR

Un trabajador recibe un salario ordinario mensual de Q5,000 y trabajó durante todo el período del Bono 14.

El patrono le paga Q5,000 durante la primera quincena de julio.

ConceptoCantidad
Salario ordinario mensualQ5,000
Bono 14 legalQ5,000
Cantidad dentro del límite de exenciónQ5,000
Exceso potencialmente gravadoQ0

En este caso, el Bono 14 se encuentra dentro del límite equivalente al salario ordinario mensual. Por tanto, normalmente no corresponde una retención de ISR sobre esos Q5,000.

Ejemplo cuando el pago supera el salario ordinario

Una trabajadora gana Q6,000 mensuales. La empresa decide entregarle Q8,000 en julio y registra todo el pago como Bono 14.

ConceptoCantidad
Salario ordinario mensualQ6,000
Pago total registradoQ8,000
Monto dentro del límite legalQ6,000
Exceso que debe analizarseQ2,000

Los Q6,000 correspondientes al límite legal pueden tratarse como Bono 14 exento. Los Q2,000 adicionales deben analizarse conforme a su verdadera naturaleza.

Si constituyen una bonificación extraordinaria o remuneración adicional, podrían formar parte de la renta gravada y afectar el cálculo anual del ISR.

¿El Bono 14 proporcional paga ISR?

El Bono 14 proporcional conserva la naturaleza de la prestación laboral establecida por el Decreto 42-92.

Cuando el trabajador no laboró todo el período, la ley ordena pagar una cantidad proporcional al tiempo trabajado. El Decreto 42-92 establece que la bonificación equivale al salario ordinario mensual para quien trabajó el período completo y que, cuando la relación fue menor de un año, debe calcularse proporcionalmente.

Por ejemplo, una persona gana Q5,000 y acumuló un Bono 14 proporcional de Q2,500.

La cantidad se encuentra por debajo del límite equivalente a su salario ordinario mensual, por lo que normalmente queda comprendida dentro de la exención.

El hecho de recibir la prestación proporcional en una liquidación no la convierte automáticamente en salario ordinario ni elimina su tratamiento tributario.

¿El Bono 14 paga IGSS?

El Bono 14 legal normalmente no está sujeto al descuento de la cuota laboral del IGSS.

Esto significa que el patrono no debería aplicar el porcentaje ordinario de contribución del trabajador sobre el monto legal de esta prestación.

El Bono 14 es una bonificación anual distinta del salario mensual ordinario. Está regulado por el Decreto 42-92 y se paga durante la primera quincena de julio. Cuando la relación termina, debe pagarse la proporción acumulada.

Las contribuciones al IGSS se calculan sobre las remuneraciones sujetas al régimen de seguridad social. El reglamento de recaudación dispone que las cuotas recaen sobre el salario total y establece reglas y exclusiones para ciertos pagos laborales.

En la aplicación habitual de la nómina guatemalteca, el Bono 14 legal se registra como una prestación anual sin descuento de cuota laboral del IGSS.

¿Debe descontarse el 4.83% de IGSS al Bono 14?

No debería aplicarse automáticamente el porcentaje de cuota laboral utilizado sobre el salario ordinario mensual al monto legal del Bono 14.

Por ejemplo, si una persona recibe:

  • Salario mensual: Q5,000.
  • Bono 14: Q5,000.

La cuota laboral ordinaria del IGSS se calcula sobre la remuneración mensual afecta que corresponda, no agregando automáticamente el Bono 14 legal como si fuera un segundo salario ordinario del mismo mes.

Si el recibo muestra una deducción de IGSS directamente relacionada con el Bono 14, el trabajador debería solicitar a la empresa una explicación del cálculo.

Ejemplo de pago sin descuento de IGSS

Un trabajador tiene un salario ordinario de Q4,500 y recibe un Bono 14 completo de Q4,500.

ConceptoCantidad
Bono 14 brutoQ4,500
Descuento de IGSS sobre el Bono 14Q0
Retención directa de ISR sobre el monto legalQ0
Bono 14 neto estimadoQ4,500

Este ejemplo supone que no existen embargos, anticipos, descuentos autorizados u otras circunstancias particulares.

El salario ordinario del mes sí puede estar sujeto a las retenciones habituales. El hecho de que ambos pagos aparezcan en la misma boleta no significa que deban recibir exactamente el mismo tratamiento.

¿El patrono paga cuota patronal de IGSS sobre el Bono 14?

En el tratamiento ordinario de esta prestación, el Bono 14 legal tampoco se utiliza para generar una cuota patronal adicional del IGSS como si se tratara de salario mensual afecto.

La cuota laboral y la cuota patronal son obligaciones diferentes:

  • La cuota laboral se descuenta al trabajador cuando corresponde.
  • La cuota patronal es pagada directamente por el empleador.
  • El patrono no puede trasladar su propia cuota al trabajador.

El reglamento del IGSS establece que las cuotas del patrono son de su exclusivo cargo y no pueden deducirse del salario de los trabajadores.

Aunque existiera una diferencia administrativa sobre la clasificación de un pago, la empresa no puede cobrarle al trabajador la porción que corresponde legalmente al patrono.

¿Puede aparecer ISR en la boleta donde se paga el Bono 14?

Sí puede aparecer una retención de ISR en la misma boleta, pero esto no significa necesariamente que el impuesto se haya calculado directamente sobre el Bono 14 legal.

El ISR de trabajadores en relación de dependencia se determina considerando la renta anual proyectada, las rentas exentas y las deducciones aplicables.

Una empresa podría realizar un ajuste de retenciones durante el mismo mes en que paga el Bono 14 debido a:

  • Corrección de una proyección anual.
  • Cambio de salario.
  • Bonificación adicional gravada.
  • Pago de comisiones.
  • Ingresos acumulados de otro patrono.
  • Ajustes de retenciones anteriores.

Por ello, no basta con observar que hubo ISR en julio. Debe revisarse la hoja de cálculo o constancia donde se identifique qué ingreso produjo la retención.

¿Qué sucede si el Bono 14 incluye una cantidad adicional?

Algunas empresas entregan un monto superior al que establece la ley.

Por ejemplo:

  • Bono 14 legal: Q5,000.
  • Bono extraordinario de la empresa: Q1,500.
  • Pago total: Q6,500.

En este caso conviene separar ambos conceptos.

PagoTratamiento que debe revisarse
Bono 14 legal de Q5,000Exento de ISR dentro del límite y sin descuento ordinario de IGSS
Bono extraordinario de Q1,500Puede estar afecto según su naturaleza
Total entregadoNo debe tratarse como una sola prestación sin análisis

La empresa debería identificar claramente cada cantidad en la boleta de pago.

Un pago voluntario no adquiere automáticamente la misma exención del Bono 14 legal.

¿Puede el patrono aplicar otros descuentos al Bono 14?

El hecho de que el Bono 14 no tenga normalmente descuentos de ISR o IGSS no significa que nunca pueda existir otra deducción.

Pueden presentarse situaciones como:

  • Embargos judiciales.
  • Pensiones alimenticias ordenadas por autoridad competente.
  • Anticipos de salario.
  • Préstamos internos.
  • Descuentos autorizados válidamente.
  • Ajustes por pagos duplicados.
  • Otras obligaciones legalmente exigibles.

Cada descuento debe tener una justificación clara.

No es suficiente incluir en la boleta términos generales como “otros”, “ajuste” o “descuento administrativo” sin explicar su origen.

¿Puede descontarse una deuda sin autorización?

No debería realizarse un descuento arbitrario únicamente porque el patrono afirma que el trabajador tiene una deuda.

Debe revisarse:

  • El origen de la obligación.
  • La autorización otorgada.
  • El contrato aplicable.
  • Los comprobantes.
  • Los límites legales de los descuentos.
  • La existencia de una orden judicial, cuando corresponda.

El Bono 14 es una prestación laboral obligatoria y su pago debe quedar documentado.

¿Qué pasa si el Bono 14 se paga dentro de una liquidación?

Cuando la relación laboral termina, el patrono debe pagar el Bono 14 proporcional acumulado entre el 1 de julio anterior y la fecha de terminación. Esta obligación se encuentra expresamente prevista en el Decreto 42-92.

El finiquito puede incluir varios conceptos:

  • Salario pendiente.
  • Bono 14 proporcional.
  • Aguinaldo proporcional.
  • Vacaciones.
  • Indemnización.
  • Comisiones.
  • Otros pagos pendientes.

Cada uno puede tener un tratamiento tributario y de seguridad social diferente.

No conviene aplicar un solo porcentaje de descuento sobre el total de la liquidación sin separar previamente cada concepto.

Ejemplo de Bono 14 dentro de una liquidación

Una trabajadora gana Q6,000 y termina la relación laboral con un Bono 14 proporcional acumulado de Q3,000.

Su liquidación incluye:

ConceptoCantidad
Salario pendienteQ2,000
Bono 14 proporcionalQ3,000
Aguinaldo proporcionalQ1,500
Vacaciones pendientesQ2,000
Total brutoQ8,500

No debe asumirse que todo el total de Q8,500 está exento o que todo está sujeto a las mismas retenciones.

El salario pendiente, las prestaciones proporcionales y las vacaciones deben registrarse por separado para aplicar correctamente las reglas de cada concepto.

Diferencia entre Bono 14 y bonificación incentivo

El Bono 14 y la bonificación incentivo no son lo mismo.

AspectoBono 14Bonificación incentivo
FrecuenciaAnualHabitualmente mensual
Fecha principalPrimera quincena de julioCon el pago periódico
Base legalDecreto 42-92Legislación específica sobre bonificación incentivo
FinalidadPrestación laboral anualComponente adicional vinculado a la relación laboral
TratamientoSe analiza como prestación anualTiene reglas propias

Confundir ambas bonificaciones puede provocar errores en la nómina, el ISR, las cuotas del IGSS y el cálculo de prestaciones.

Errores comunes sobre ISR e IGSS en el Bono 14

Afirmar que todo Bono 14 está exento sin límite

La exención del ISR alcanza el monto legal hasta el equivalente al cien por ciento del salario ordinario mensual. Un pago adicional debe analizarse por separado.

Descontar IGSS como si fuera otro salario mensual

El Bono 14 legal no debe tratarse automáticamente como una segunda remuneración mensual afecta a la cuota laboral.

Confundir ISR con IGSS

El ISR es un impuesto administrado por la SAT. El IGSS corresponde al régimen de seguridad social. Sus bases, porcentajes y finalidades son diferentes.

Revisar únicamente el monto depositado

Debe compararse el monto bruto, cada deducción y el valor neto recibido.

Registrar un bono extraordinario como Bono 14

La denominación utilizada por la empresa no sustituye el análisis de la verdadera naturaleza del pago.

Aplicar un porcentaje sobre toda la liquidación

Cada concepto incluido en una liquidación puede tener un tratamiento diferente.

Confundir una retención anual con un impuesto directo al Bono 14

La presencia de ISR en una boleta de julio puede deberse a un ajuste general de la proyección anual.

¿Qué debe mostrar la boleta de pago?

Una boleta clara debería identificar:

  • Salario ordinario del período.
  • Bono 14 bruto.
  • Bono adicional, si existe.
  • Retención de ISR.
  • Cuota laboral del IGSS.
  • Otros descuentos.
  • Total neto depositado.

Si el pago del Bono 14 aparece mezclado con el salario, conviene solicitar un desglose.

El trabajador necesita saber qué deducción se aplicó a cada ingreso.

¿Qué hacer si descontaron ISR o IGSS del Bono 14?

Primero debe solicitarse a Recursos Humanos, Contabilidad o al patrono una explicación escrita.

Conviene preguntar:

  1. ¿Cuál fue el salario ordinario utilizado?
  2. ¿Cuál fue el Bono 14 bruto?
  3. ¿Qué parte se consideró exenta de ISR?
  4. ¿Existió algún pago adicional gravado?
  5. ¿La retención corresponde al Bono 14 o a un ajuste anual?
  6. ¿Sobre qué base se calculó el IGSS?
  7. ¿Qué norma respalda cada descuento?

También deben conservarse:

  • Boleta de pago.
  • Estado de cuenta.
  • Constancia de retenciones.
  • Contrato de trabajo.
  • Historial salarial.
  • Liquidación, si la relación terminó.

Cuando la diferencia no sea aclarada, puede solicitarse orientación ante la SAT respecto del ISR, ante el IGSS respecto de cuotas de seguridad social o ante el Ministerio de Trabajo por el pago de la prestación.

¿Cuándo conviene usar la calculadora de Bono 14?

La calculadora permite establecer primero cuál debería ser el monto bruto de la prestación.

Resulta útil para:

  • Comparar el cálculo patronal.
  • Determinar el Bono 14 proporcional.
  • Revisar una liquidación.
  • Identificar si el pago supera el salario ordinario.
  • Separar el monto legal de una bonificación adicional.
  • Verificar el resultado antes de analizar descuentos.

Puede utilizar la Calculadora de Bono 14 Guatemala para estimar el monto bruto.

La Calculadora de ISR para asalariados puede ayudar a revisar la proyección tributaria anual.

También pueden utilizarse la Calculadora de IGSS, la Calculadora de Salario Neto y la Calculadora de Liquidación Laboral.

Preguntas frecuentes

¿Al Bono 14 se le descuenta ISR?

Normalmente no se retiene ISR sobre el monto legal que no supere el cien por ciento del salario ordinario mensual. El exceso puede quedar afecto.

¿Al Bono 14 se le descuenta IGSS?

El Bono 14 legal normalmente se paga sin descuento de la cuota laboral del IGSS.

¿Por qué apareció ISR en mi boleta de julio?

Puede tratarse de un ajuste de la proyección anual, un pago adicional gravado o una corrección de retenciones. Debe solicitarse el desglose.

¿Qué pasa si la empresa paga más de un salario como Bono 14?

El monto legal puede quedar exento dentro del límite. La cantidad adicional debe analizarse según su verdadera naturaleza.

¿El Bono 14 proporcional también está exento?

Sí puede estar cubierto por la exención cuando mantiene la naturaleza de la prestación y se encuentra dentro del límite legal aplicable.

¿El patrono puede descontarme su cuota de IGSS?

No. La contribución patronal es responsabilidad del empleador y no puede trasladarse al trabajador.

¿Una bonificación voluntaria tiene la misma exención?

No necesariamente. Debe distinguirse del Bono 14 establecido por el Decreto 42-92.

¿Qué hago si no explican el descuento?

Debe solicitarse una constancia detallada y acudir a la institución correspondiente: SAT para asuntos de ISR, IGSS para cuotas de seguridad social o Ministerio de Trabajo para el cumplimiento de la prestación.

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Base legal y fuentes oficiales

La principal base laboral es el Decreto 42-92 del Congreso de la República, Ley de Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público.

Esta norma establece:

  • El carácter obligatorio del Bono 14.
  • Su equivalencia general con un salario ordinario mensual.
  • El cálculo proporcional cuando no se trabajó el período completo.
  • El pago durante la primera quincena de julio.
  • El pago proporcional al terminar la relación laboral.

Para el tratamiento tributario debe consultarse la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012, especialmente las disposiciones aplicables a las rentas del trabajo en relación de dependencia y sus rentas exentas.

Para las contribuciones de seguridad social debe consultarse el Reglamento sobre Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social, emitido por el IGSS. El reglamento establece la responsabilidad del patrono, la base general de las contribuciones y la prohibición de trasladar la cuota patronal al trabajador.

Fuentes oficiales:

  • Superintendencia de Administración Tributaria.
  • Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
  • Congreso de la República de Guatemala.
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Aviso

Este contenido tiene fines informativos y explica el tratamiento general del Bono 14 respecto del ISR y del IGSS en Guatemala. La aplicación puede variar cuando existen pagos adicionales, ajustes anuales, múltiples patronos, liquidaciones o clasificaciones especiales de nómina. Ante un descuento específico, conviene solicitar el cálculo detallado y consultar a la SAT, al IGSS, al Ministerio de Trabajo o a un profesional tributario.

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